¿Puede mi comunidad de vecinos negar la instalación de una antena parabólica en Barcelona?
Uno de los derechos fundamentales que vienen recogidos en la Legislación de los Países Occidentales, es el del derecho a la información. Por lo tanto, los ciudadanos tienen el pleno derecho de poder utilizar los elementos necesarios para informarse, y una vía o canal de información es la televisión vía satélite, que precisa previamente de una instalación de una antena parabólica en Barcelona, y un decodificador (nosotros recomendamos el IRIS 9700 HD 02, el mejor calidad-precio del mercado) para decodificar y reproducir los datos que llegan mediante nuestra antena parabólica a nuestro televisor.
Hay distintos niveles de regulación sobre la instalación de una antena parabólica en Barcelona o algún elemento electrónico de este tipo. Ordenanzas municipales, leyes, decretos,ley… incluso la Constitución Española ampara en sus artículos 9 y 20.1 que los ciudadanos tenemos la libertad qué información queremos recibir y a través de qué medio.
En los bloques de pisos o edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal conviven dos derechos: el del propietario individual sobre su elemento privado (hogar) o el de todos los miembros que forman la comunidad de vecinos sobre los espacios comunes (azoteas, patios, fachadas, etc..) En el segundo de estos casos debería realizarse un estudio previo a la instalación de una antena parabólica en Barcelona, por ejemplo, en función de la cantidad de vecinos que estén interesados en disfrutar de la televisión satelital.
La instalación de una antena parabólica en Barcelona está regulada por el Real Decreto Ley 1/98, acerca de Infraestructuras Comunes en Edificios para el Acceso a Servicios de Telecomunicaciones, en vigor desde el día 1 de marzo de 1998. Esta normativa trata de resolver los conflictos que son propios de comunidades de propietarios con motivo de la instalación de una antena parabólica, y lo hace amparando a dichos propietarios, copropietarios y arrendatarios a instalar estos elementos o a conectarse a ellas.
Por lo tanto, una comunidad de vecinos no puede negarse a la instalación de una antena parabólica en Barcelona, ya que la ley ampara en este caso a los ciudadanos, a informarse tal y como quieran.
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